En las últimas semanas ha existido un encendido debate acerca del impacto que puede tener en los menores de edad la serie de Netflix El juego del calamar, algo que, a nivel de promoción, le ha venido muy bien a dicha cadena de entretenimiento, ya que como se suele decir, siempre conviene que hablen de uno, aunque sea mal.
Aunque quien escribe estas líneas debe ser de los pocos seres humanos que habitan el planeta tierra que no es suscriptor de Netflix, por lo poco que he visto en los medios de comunicación, tan solo he llegado a una conclusión: el atuendo de los secuaces de la serie va a dar mucho juego como disfraz para la próxima noche de Halloween, dado lo sencillo de su confección.
Y es que seguramente no correrá la misma suerte que otros macabros accesorios, como es el caso de unas máscaras que recreaban grotescamente como es visto el coronavirus a través de un microscopio y que fueron puestas a la venta por Amazón con ocasión de Halloween justo hace un año, cuando la pandemia se cobraba el mayor número de vidas y que, dado el aluvión de justificadas quejas por su mal gusto, fueron retiradas de la venta por la todopoderosa compañía.
Por cierto, al hilo de los disfraces y ya en un tono más distendido, no podemos más que sonreír con cierta malicia al comprobar que, por enésima vez, desde distintas catequesis y parroquias se intenta que sus feligreses más menudos se disfracen de santos, un intento de renovarse o morir bajo el lema de Holly wins ( lo sagrado gana) en cuanto que juego de palabras a modo de reto frente a la pagana y americanizada fiesta de la noche de difuntos, mezclando churras con merinas, sin duda.
Pues bien, volviendo a Halloween, la festividad ha venido aquí para quedarse en nuestra cultura popular, con incidencia incluso a nivel educativo, visto que en algunas comunidades autónomas los estudiantes pueden estar varios días seguidos sin clase.
Pues bien, sentado lo anterior, si atendemos a resoluciones correspondientes a órganos de la jurisdicción civil, penal y laboral durante la última década, no cabe duda que una noche como la del 31 de octubre da para conductas no siempre responsables, cuando no directamente nocivas.
Si ya nos referimos a derecho penal, algunos se han aprovechado de la indumentaria tan característica para intentar ocultar su identidad y buscar impunidad de los actos violentos debidamente premeditados.
En este sentido, en nuestro blog ya escribimos en su día sobre la circunstancia agravante del disfraz, al hilo de la obligatoriedad del uso de las mascarillas.
Pues bien, no consiguieron su objetivo de sustraerse de la acción de la justicia los negativos protagonistas que se sirvieron de disfraces para consumar unos hechos que fueron recientemente enjuiciados en casación por el Tribunal Supremo y que son demostrativos de que vivimos en una sociedad cada vez más racista y xenófoba, en la que incluso se aviva el odio al diferente, en peligrosos discursos que en ocasiones emanan de imprudentes políticos.
Nos estamos refiriendo a la sentencia del pasado 9 de septiembre de 2021 que desestimó el recurso presentado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que mantenía la condena de los acusados por delitos de lesiones.
“se declara probado por la Audiencia Provincial, en síntesis, que el acusado remitió por vía WhatsApp un audio grabado por él mismo en el que convocaba a sus vecinos del Polígono del Valle para que acudieran la noche de Halloween (31 de octubre de 2018) a la Plaza Luz del Valle a las 10:00 de la noche, para que se dirigieran posteriormente a una guardería próxima abandonada para «echar a los moros, a palos con ellos por robar a un vecino…» siendo imprescindible «que os llevéis capucha, guantes, armas blancas y una buena garrotica».
Sobre las 22:00 horas, varios vecinos del Polígono del Valle acudieron a la citada plaza, muchos de los cuales iban disfrazados por la festividad de Halloween.
Sobre las 22:30 (sic) un grupo numeroso de personas (al menos 10 o 15) se dirigieron desde la citada plaza hasta la «guardería abandonada» y con ánimo de menoscabar la integridad física de los tres denunciantes les propinaron diversos golpes por el cuerpo.
Todos los miembros del grupo iban con la cara parcialmente
tapada, si bien pudieron ser identificados como miembros del mismo a los tres acusados”
Cruel chiquillada fue la de un grupo de adolescentes que derivó en un delito de lesiones, siendo declarada responsable una de ellos, tal y como fue resuelto por el Juzgado de Menores nº 2 de Madrid y confirmado por la Sección Cuarta de Audiencia Provincial de Madrid en su sentencia de fecha 4 de mayo de 2020:
“El día 31 de Octubre de 2.018, la menor denunciante salió con varios amigos a celebrar la fiesta de Halloween en la que es costumbre tirarse huevos.
Cuando se encontraba en las proximidades del parque, en torno a las 18:30 h, un grupo de menores en el que se encontraba la expedientada le tiró huevos a la denunciante por lo que huyó, los menores alcanzaron a la misma e hicieron un corro, incitando a la denunciada, empujada hacia el centro del corro, y a la denunciante a pegarse.
La denunciada le propinó un empujón a consecuencia del cual perdió el equilibrio y al caer puso la mano para mitigar el golpe causándose lesiones”
Continuando con el delito de lesiones, hilarante resulta el argumento esgrimido por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, que con fecha de 23 de octubre de 2017 rechazó la concurrencia de la circunstancia de legítima defensa alegada por la defensa, vista la peregrina excusa de que la persona agredida estaba disfrazada con un atuendo terrorífico que pudiera haber provocado a su agresor:
«el hecho de que la víctima fuera disfrazada de vampiro, en tanto no fuera más allá en dicha pose, y que hubiera consumido alcohol, nada extraño en una fiesta como la de Halloween, no significa una predisposición a la agresión. Como señala la defensa de la víctima, no se ha acreditado que el consumo de alcohol fuera tal que determinara una conducta agresiva de la víctima y tampoco, cabe añadir, el hecho de ir disfrazado de tan siniestro personaje de la noche”.
La violencia nunca puede justificarse, no cabe duda, pero si ya hablamos de actos vandálicos, solo por fastidiar, resultan aún más absurdos y merecedores de un serio reproche determinados delitos de daños que puede sufrir cualquier ciudadano por azar, si bien cuando hablamos de justicia de menores, las consecuencias para los autores no siempre serán demasiado graves, pese a los perjuicios originados.
Es el supuesto enjuiciado en segunda instancia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería de 9 de abril de 2019, que confirmó la sentencia del Juzgado de menores de dicha ciudad, declarando responsables a varios adolescentes disfrazados durante la noche de Halloween que ocasionaron múltiples daños a casi una veintena de vehículos aparcados en la vía pública.
De traumática puede calificarse la experiencia sufrida por dos jóvenes chicas que volvían a casa tras celebrar la fiesta y cuyos terroríficos disfraces fueron un sugerente reclamo para un depredador sexual, que si bien afortunadamente no puedo consumar en su integridad su violenta pretensión, sí que ocasionó lesiones a las dos chicas y a un tercero que acudió al auxilio de una de ellas.
Hablamos de la causa seguida en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona, que con fecha de 28 de abril de 2021 dictó su sentencia condenatoria, tras conformidad del procesado:
“ sobre las 04:45 horas del día 1 de noviembre de 2019 , bajaba por la calle…. se percató de la presencia de la denunciante de 21 años, quien bajaba por la misma calle después de haber abandonado una fiesta con ocasión de la noche de » Halloween» yendo vestida con una falda y con la cara pintada de color rojo simulando sangre que caía desde sus colmillos hacia el cuello, comenzando a seguirla, actuando el procesado con evidente ánimo de satisfacer su deseo sexual y su propósito lascivo y libidinoso, se abalanzó por la espalda sobre ella tapándole la boca y lanzándola violentamente contra el suelo………… gritando la denunciante con todas sus fuerzas pidiendo ayuda y defendiéndose en todo momento, llegando el procesado a estirar con tanta fuerza de las medias y de las bragas que se las llegó a romper, abandonando rápidamente el lugar a la vista de los gritos de la víctima.
Seguidamente, pocos minutos después, el procesado, al observar la presencia de la denunciante de 23 años de edad, quien también volvía de una fiesta con ocasión de la noche de » Halloween» pintada con la cara de color blanco y rojo imitando al » Joker», en el momento en el que ésta se disponía a entrar en el portal de su vivienda actuando con idéntico ánimo de satisfacer su deseo sexual y su propósito lascivo y libidinoso, se abalanzó sobre ella por la espalda tirándola violentamente contra el suelo, posicionándose encima de ella y manoseándola por todo el cuerpo al tiempo que ella gritaba fuertemente » AYUDA, QUE ME VIOLAN, VIOLACIÓN» y se defendía desesperadamente intentando quitárselo de encima, llegando el procesado a tirarle fuertemente de las bragas hasta rompérselas, abandonando de nuevo rápidamente el lugar al ser alertado por los gritos del denunciante que llegaba corriendo tras ser alertado por los grito , consiguiendo dar alcance al procesado que con ánimo de atentar contra su integridad física, le propinó empujones y zarandeos por todo el cuerpo, consiguiendo finalmente retenerlo hasta la llegada de la Policía”
Por los delitos de agresión sexual y lesiones el condenado ya está cumpliendo una pena de seis años y seis meses de prisión, además de la correspondiente multa, estando además obligado al pago de una cuantiosa indemnización por las lesiones ocasionadas a los tres, comprensiva además de los daños morales.
Llamativo es, sin duda, el Auto de 12 de mayo de 2020 de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Barcelona, cuando al denegar la petición de la libertad provisional de un supuesto agresor sexual que se encontraba como preventivo, al entender que existían indicios racionales de la comisión delictiva, entre otros extremos, porque las manchas de pintura que tenía el investigado cuando fue retenido eran coincidentes con el maquillaje festivo que portaban las víctimas las noche de autos al estar disfrazados para la noche de Halloween.
Sobre los delitos contra la libertad sexual ya tuvimos oportunidad de escribir en el blog al hilo de las nuevas reformas legales.
No obstante, ni mucho menos compartimos los intentos de demonizar a cualquier varón, ya que afortunadamente, por mucho que se nos trate de advertir según interesadas encuestas, la mayoría de los hombres ni somos agresores ni abusadores sexuales, por lo que el lema “sola y borracha quiero llegar a casa”, amén del todo vulgar, genera una gran alarma social, siendo además ilustrativo en el supuesto anteriormente examinado que fue precisamente otro varón quien acudió en auxilio de una de las víctimas, jugándose su integridad física.
En cualquier caso, el riesgo siempre ha estado ahí ya que toda la vida de Dios y no solo ahora y con ocasión de la noche de Halloween, se ha dicho que si eres mujer, se ha extremar la precaución al volver a casa tras salir de noche, siendo preferible ir acompañada, para evitar sufrir situaciones como la relatada.
Hemos visto que se advertía en una de las sentencias comentadas, que en la noche de Halloween se bebe mucho, como también sucede en cualquier otra salida de juerga nocturna.
Pues bien, no cabe duda que el alcohol, supone una sustancia que potencia determinadas conductas como las descritas, cuando se recurre a ella para mermar o anular la capacidad intelectiva o volitiva de la víctima.
En este sentido, señalábamos también en nuestro blog que empieza a ser preocupante el recurso a la sumisión química y su efecto en el fenómeno de las manadas, siendo alarmante que según las estimaciones de la Fiscalía General del Estado, en una de cada cuatro agresiones sexuales múltiples han intervenido menores de edad como autores.
En algunos de estos supuestos, la afectación psicológica puede ser aún mayor, por cuanto quien causa tamaña aberración, no es ya un simple desconocido que la agrede sorpresivamente, sino un amigo o conocido que se aprovecha de su estado en una noche que se antoja tan divertida como Halloween.
Con independencia de las agresiones ( ya sean lesiones o delito contra la libertad sexual) es evidente que los acusados también pueden servirse de sus terroríficos disfraces para cometer delitos contra la propiedad ajena, empleando violencia o intimidación.
Es el caso, por ejemplo, de los hechos enjuiciados en segunda instancia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante que dictó su sentencia el 13 de noviembre de 2018:
“Se declara probado que sobre las 02:00 horas del día 1 de noviembre de 2015, noche de Halloween, en la zona de ocio «Del Barrio» de la localidad de Alicante, los acusados , portando una máscara el primero, y una túnica y la cara pintada de blanco el segundo, de común acuerdo y aprovechándose de la dificultad de su identificación, se dirigieron hacia el denunciante, inmovilizándole uno de los acusados por los brazos y el otro acusado le registró y le sustrajo el teléfono móvil, Iphone modelo 6 que portaba el perjudicado. A continuación los acusados huyeron del lugar. Los efectos sustraídos han sido tasados en la cantidad de 520 euros”
Difícilmente podrá olvidar la noche de Halloween la empleada de una tienda que inicialmente no se tomó en serio a su atracador, tal y como se nos narra en la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona de 11 de octubre de 2012:
“Ante la negativa de la empleada al pensar que se trataba de una broma propia del día de Halloween, el acusado sacó un cuchillo de unos veinte centímetros, y colocándoselo contra el abdomen la apartó, arrinconó y le exigió que abriera la caja, diciéndole que: «estoy con mucho mono», abriendo ella la caja, apoderándose de 400 euros, marchando del local a continuación, desapareciendo del lugar al marcharse a su domicilio.
En otro orden de cosas, si ya hablamos de derecho civil,de temeraria y torpe puede calificarse la actitud de una joven que reclamó una indemnización en base a la responsabilidad extracontractual, tras haberse caído supuestamente en un local de copas, toda vez que la demandante subió varias fotos a las redes sociales, algunas de ellas tomadas con ocasión de la festividad de Halloween; así lo indica la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valladolid de 13 de marzo de 2017:
“ El propio día del siniestro hasta las 9,40 horas estaba colgando comentarios en su página, comentarios que prosiguieron en los días siguientes sin hacer referencia alguna a la caída que presuntamente había sufrido y que había provocado su traslado y asistencia en el Servicio de Urgencia, una situación de dolorimiento con incapacidad para sus ocupaciones habituales, etc… Tal situación sin embargo no le impidió, tal y como ponen de manifiesto la fotos colgadas en dicha página, acudir pocos días más tarde a la fiesta de Halloween que se celebró en el propio bar, disfrazada, con una activa participación, abrazándose con la madre de la demandada fuertemente en postura algo forzada dada la diferencia de estatura entre ambas, etc…”
También en el ámbito de la responsabilidad extracontractual cabe enmarcarse la pretensión del padre de un niño de seis años, al que se le amargó algo más que las chuches de Halloween, con ocasión de una celebración en un recinto para juegos infantiles con hinchables y piscinas de bolas y al que acudieron casi un centenar de niños, si bien tan solo había dos monitoras para cuidar a la chavalería.
Pues bien, tras una caída, el menor sufrió fractura de tibia y peroné, debiendo ser indemnizado tal y como se refiere en la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Oviedo, de 28 de noviembre de 2017.
Si ya nos centramos en el derecho de familia, ya empieza a ser habitual que en los convenios reguladores o las sentencias se acuerden medidas sobre la estancia con los menores durante la jornada de la festividad de Halloween.
Por ello, cuando existen malas relaciones entre los progenitores, no es nada extraño que también puedan generarse conflictos que incluso derivan en causas penales sobre violencia doméstica y de género.
Es el supuesto examinado por la sentencia de la Sección Vigésimo Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid de 14 de diciembre de 2016 que confirmó la absolución de un padre que supuestamente había injuriado y vejado a su ex.
El caso es que, la madre del hijo común y una amiga de ésta, se aproximaron, disfrazadas, al vehículo aparcado en el que se encontraba el niño, propinando golpes en el coche, motivo por el cual el hijo se asustó, reaccionó airadamente el padre ante lo que le había parecido una broma de mal gusto.
Ya en el orden jurisdiccional laboral, es evidente que muy aficionado a Halloween sí que era uno de los que contribuyeron al mobbing de una funcionaria, que si bien obtuvo como respuesta a su reclamación que el Juzgado de lo Social de Ponferrada desestimara su demanda, en segunda instancia logró que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León le diera la razón al estimar su recurso de suplicación con fecha de 12 de diciembre de 2019:
“El 19 de noviembre de 2009 se genera un correo electrónico enviado por el Servicio de Prensa del Ayuntamiento de Cacabelos en el que se incluye una caricatura deformada del cara de la actora, constando como asunto: LA BRUJA PIRUJA, y con la siguiente leyenda: «Cuenta la leyenda que, después de una borrachera tremenda una noche de Halloween una bruja decidió colgarse la escoba y dedicarse al mundo de la administración … aquí tienes un testimonio gráfico”.
Esperemos que los incidentes sean mínimos y sin consecuencias demasiado graves para la ciudadanía durante la noche de Halloween, a celebrar el próximo domingo, para así no tener luego que vernos obligados a escribir notas ampliatorias a esta publicación.
En este sentido, no cabe duda que tras año y medio de restricciones, en muy buena parte sorteadas por botellones y fiestas ilegales, el acontecimiento se presenta como buena piedra de toque para calibrar el estado del civismo de nuestros jóvenes, pese a que, como decía hace tiempo uno de la farándula de la telebasura, a muchos la noche les confunde y no solo la de Halloween.
NOTA ACLARATORIA POSTERIOR.
Lamentablemente, nos hemos visto obligados a seguir escribiendo, tal y como temíamos.
Y no ya tanto por los más que previsibles incidentes que se han producido en algunas ciudades, tras no poder acceder muchos jóvenes a locales nocturnos que tenían el aforo completo, y que derivaron en destrozos en establecimientos y mobiliario urbano y privado de las inmediaciones.
Ni tampoco por la anécdota demostrativa de que los representantes políticos, lejos de dar ejemplo, demuestran pocas luces y ningún pudor, como es el caso del Ministro de Interior de Perú, que ha debido dimitir tras el escándalo que ha supuesto el que organizara en su casa una fiesta de Halloween, estando su país sometido a grandes restricciones por el coronavirus.
Más bien, lo decimos por dos hechos luctuosos que han afectado a menores de edad en España, siendo ambas desgracias que se pudieron evitar.
La primera aconteció en la provincia de Guadalajara; una chica de 15 años falleció asfixiada, tras la inhalación de monóxido de carbono durante la celebración de una fiesta en un local abandonado.
Pero el segundo ha sacudido aún más a la opinión pública sobre el debate de la prisión permanente revisable y la concesión de los beneficios penitenciarios a los depredadores sexuales, al tiempo que rememora los peores cuentos infantiles.
Y es que en la Rioja, un hombre de cincuenta y cuatro años se llevó de un parque a un niño de nueve años, disfrazado como la niña del exorcista, para luego quitarle la vida.
El asesino, en libertad condicional, tenía antecedentes tras la comisión de hechos muy graves en los años noventa que habían dado lugar a dos sentencias condenatorias que había cumplido en prisión, aunque no en su integridad: un delito de agresión sexual por el que fue condenado a siete años de prisión, y un asesinato y agresión sexual por los que fue condenado a veinte y diez años, respectivamente.
SEGUNDA NOTA ACLARATORIA POSTERIOR.
Alguien nos tachará de agoreros al volver a leer nuestro artículo.
Como relatábamos,las agresiones sexuales tras una salida nocturna empiezan a ser desgraciadamente recurrentes y lo que es aún todavía peor,en grupo.
Lo decimos porque también hemos tenido conocimiento a través de los medios de comunicación que una chica de dieciseis años fue encontrada desnuda en un polígono industrial de Igualada (Barcelona).
Según apuntan las primeras investigaciones, la menor pudo ser violada por varias personas,tras haber asistido a una fiesta de Halloween.
Cuando escribimos estas líneas la joven sigue hospitalizada y el autor o autores aún no han sido localizados.
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