“Te voy a hacer heterosexual a hostias”
Así se escucha en un vídeo que continúa alojado en youtube, como expresión de una penosa actitud homófoba y amenazante, ante la pasividad de un tercero que estaba obligado a impedir tal humillación pública.
Poco antes de que fuera decretado el Estado de Alarma, a través de los medios de comunicación pudimos conocer que la Fiscalía de Barcelona había formulado acusación por unos hechos acaecidos en junio del pasado año, y que fueron registrados en el referido vídeo que se hizo viral en internet, cuando un joven, tras haber participado en los actos del pregón con motivo de la celebración del Día del Orgullo del colectivo de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgénero (LGTBI) se dirigió a un Mac Donald’s.
Relata la acusación pública que cuando se encontraba pidiendo una consumición, fue increpado de forma agresiva y absolutamente gratuita por otro cliente que, sin que mediara discusión o enfrentamiento previo, comenzó a humillarlo con expresiones vejatorias, y le dio un empujón provocando que se golpeara con la máquina dispensadora de bebidas, con continuos gritos y reproches a su vestimenta.
No cabe duda que dentro de los derechos fundamentales y libertades individuales se encuentra el de la libertad sexual, en cuanto que facultad para autodeterminarse en el ámbito de la sexualidad.
Y dicha facultad ha de ser respetada, evitándose una vulneración del derecho de igualdad, sin que nadie deba sufrir discriminaciones por su orientación sexual.
Lamentablemente el tiempo continúa detenido en muchas naciones, la gran mayoría integrantes de la ONU, donde ser homosexual o bisexual no solo implica sufrir discriminación, sino que constituye un delito castigado con latigazos, trabajos forzados y hasta 14 años de prisión e incluso en casi una decena de países conlleva la pena de muerte por flagelación o apedreamiento.
En el enlace https://www.equaldex.com/ puede consultarse el Danger Index que establece una clasificación de todos los que representan peligrosidad el colectivo LGTBI
Y sorprende comprobar que muchos de esos países son destinos.habituales.para.trabajar.o.hacer.turísmo:Malasia,Zambia, ,Pakistán, Palestina, Kenia, Maldivas, Jamaica, Egipto, Arabia Saudita, Afganistán, Nigeria, Irán, Qatar o,Tanzania.
Aunque pueda parecer increíble, no fue hasta 1990 cuando la O.M.S (Organización Mundial de la Salud) dejó de definir a la homosexualidad como un trastorno mental.
Pero ni siquiera los más retrógrados pueden ya evadirse de una realidad social en parte arraigada en nuestro mundo occidental y que acepta como iguales a quienes se declararan abiertamente homosexuales o bisexuales, quedando ya en el olvido de nuestro acervo popular las sátiras, burlas y chistes para mofarse del diferente.
A pesar de los afortunados avances sociales de los últimos tiempos tendentes hacia la consideración de la homosexualidad o bisexualidad como opciones dignas de idéntico respeto y consideración que la heterosexualidad, aún queda mucho camino por recorrer hasta lograr el máximo nivel de tolerancia , integración y respeto, dado que más allá de las convicciones individuales, de cara a la opinión pública ni siquiera existe una aceptación global en determinados sectores.
A nadie le sorprende ya que un conocido actor o popular periodista “salga del armario” o que un reconocido político no esconda su orientación, sin que en ambos supuestos suponga discriminación alguna.
Pero resulta poco habitual que una persona se declare homosexual o bisexual en otros ámbitos, como el mundo del deporte, donde compartir vestuarios y habitaciones de hotel con sus compañeros de equipo puede suponer rechazo. Quizás la tenista Martina Navratilova sea una de las escasas y honrosas excepciones.
No obstante la realidad social ha de tener reflejo en la jurídica, con normativa a favor de estos colectivos que tantas discriminaciones han sufrido en el pasado.
Y así el matrimonio entre personas del mismo sexo ya ha sido legalizado en Ecuador, Canadá, Argentina, Uruguay, Brasil, Estados Unidos, Puerto Rico , México, Colombia, Holanda, Bélgica, España, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia, Dinamarca, Francia, Irlanda, Luxemburgo, Finlandia, Reino Unido, Alemania, Malta , Austria, Taiwán, Sudáfrica, Nueva Zelanda y Australia, mientras que otros países como Italia, Austria, Croacia, Estonia, Hungría, Suiza, Malta, República Checa, Israel, Chile, Grecia o Eslovenia, permiten la unión entre personas del mismo sexo sin la denominación de matrimonio.
En suma, sociedad y legislación suelen ir siempre de la mano, pero avanzan lentamente hacia una total aceptación e integración.
Como bien apunta la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona de 20 de julio de 2017, si bien constituye un imperativo de la justicia erradicar la homofobia y la intolerancia a la homosexualidad, llevará tiempo lograr dicho loable objetivo, toda vez que los homosexuales aún sienten la discriminación en sus vidas cotidianas, resultando imprescindible una tarea educacional y cultural.
Y es precisamente en el ámbito del derecho penal donde la responsabilidad es susceptible de verse agravada si concurren una serie de circunstancias que estipula el código penal en su artículo 22.4 y que refiere entre otros motivos los de discriminación referente a la orientación o identidad sexual de las víctimas del delito.
En este sentido, en la citada sentencia se aplicaba la circunstancia agravante a quien había puesto de relieve el atávico e irracional rechazo social a la homosexualidad, que merece no solo la repulsa social, sino el reproche penal en algunos supuestos.
Y es que la circunstancia agravante que nos ocupa no es aplicable a todo delito en el que la victima pertenezca a una determinada condición sexual, dado que presenta un carácter netamente subjetivo, que implica que deba acreditarse que la motivación delictiva sea el desprecio por la condición sexual de la víctima, vulnerando el principio de igualdad o prohibición del trato discriminatorio.
Esa motivación se pone suficientemente de manifiesto en supuestos en los que no existe relación previa de ninguna clase entre autor y víctima o no se ha producido anteriormente ningún incidente entre ellos que pudiera constituir la causa del delito, siendo recurrente la verbalización del rechazo y desprecio hacia el colectivo homosexual o transexual con expresiones homófonas o insultantes.
Así, la Sentencia de Audiencia Provincial de Alicante de octubre de 2010 entendía que no puede desconocerse que expresiones referidas a una tendencia homosexual son tenidas en el concepto público general por afrentosas, constituyendo auténticos insultos por considerarse un menoscabo a la fama.
Pero no es siempre fácil demostrar la intencionalidad, porque expresiones asociadas al colectivo homosexual, desde hace siglos, se emplean usualmente como insultos para herir verbalmente al otro en medio de una riña verbal, con independencia de las circunstancias que concurren en el sujeto que las sufre.
Y en aplicación del principio in dubio pro reo, siempre que existan dudas sobre la verdadera intencionalidad del autor al respecto, la tendencia será absolutoria.
«A veces la persona que nadie imagina capaz de nada es la que hace cosas que nadie imagina».
Esa frase pertenece a Alan Turing, matemático británico, considerado para muchos como el padre de la informática y que ayudó a descifrar los códigos nazis durante la Segunda Guerra Mundial, con su máquina “Enigma”, salvando con ello la vida de miles de personas.
Pero Turing era homosexual y en 1952 fue procesado por ello, falleciendo dos años después, por suicidio, según la versión oficial.
Y oficial fue su tardía, simbólica y estéril exoneración cuando en 2013 quedaron anulados todos los cargos en su contra.
Para un homosexual cualquier tiempo pasado nunca ha sido mejor.
NOTA ACLARATORIA POSTERIOR.
Durante los primeros días de julio de 2021, justo cuando finalizaba la semana del orgullo y el Consejo de Ministros presentaba el Anteproyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, tuvimos conocimiento de la salvaje paliza a un joven de veinticuatro años en La Coruña, que provocó su muerte.
Casi de inmediato trascendió que el motivo de tal salvajada había sido la homofobia, lo que ha supuesto que miles de personas se manifestaran por toda España para condenar los hechos.
No obstante, la policía aún mantiene abiertas todas las líneas de investigación, por lo que estaremos muy atentos al devenir de los acontecimientos.