Una verdadera patata ardiente es la que le ha pasado el Tribunal Supremo al Gobierno presidido por Pedro Sánchez del PSOE en coalición con Podemos, y con el apoyo para su legislatura de varias formaciones políticas independentistas.

Nos estamos refiriendo al informe preceptivo, que no vinculante, que ha sido remitido por parte del alto tribunal en relación a la petición de indulto de los doce condenados del procés, esto es, proceso en virtud del que los miembros del Gobierno autonómico catalán con el ahora fugado Carles Puigdemont a la cabeza, decidieron proclamar la República catalana con fecha de 27 de octubre de 2017.

Y todo para declarar unilateralmente la independencia y subvertir el orden constitucional, tras el frustrado referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, en virtud del que se pretendía recabar la opinión vinculante del pueblo catalán para ejercer su derecho a decidir.

En suma, la pretensión de romper a las bravas con España, sin más negociaciones ni paños calientes, olvidando posturas como la planteada años ha por el lehendakari Juan José Ibarretxe para intentar lograr la independencia del País Vasco o como se sostenía en 2002, alcanzar el status de Estado libre asociado.

Nos llevaría horas abrir el melón del conflicto catalán que ya viene de lejos en nuestro país, neutralizado durante el largo paréntesis de la dictadura de Franco, que no hizo más que prolongar de forma soterrada el distanciamiento afectivo entre una buena parte de la ciudadanía catalana respecto del resto de España, que se mantuvo latente durante los primeros gobiernos de la democracia, cuando algún dirigente bajito hablaba catalán en la intimidad, pero que saltó por los aires con la sentencia del Tribunal Constitucional del año 2010, estimando parcialmente el recurso del Partido Popular interpuesto cuatro años antes, para declarar inconstitucional los puntos más conflictivos del Estatuto de Cataluña.

A partir de entonces, las diadas de cada 11 de septiembre dejaron de tener un componente residual en cuanto a lo reivindicativo para conformar el principal altavoz de una gran parte de la sociedad catalana, descontenta con el trato que recibían del Gobierno de España y sirviéndose del “España nos roba”, como principal proclama.

Era pues inevitable la radicalización de las posturas independentistas, ante la intransigencia de los Gobiernos del Partido Popular, al tiempo que desde un gran sector de la sociedad de Cataluña se defendía la postura contraria, liderada por una formación en alza, Ciudadanos, bajo la batuta de Albert Rivera.

No obstante, sería su sucesora Inés Arrimadas la que incluso llegó a ganar las elecciones en cuanto a número de votos en diciembre de 2017, pero no pudo arrebatarle el Gobierno a los soberanistas, al no contar con los apoyos necesarios, siendo estériles los de un PP que en Cataluña apenas tiene presencia.

Pues bien, no será porque no se veía venir la delicada posición en la que se encuentra el Gobierno de Pedro Sánchez ante los indultos que se han solicitado, y se antojaba imprescindible abordar la cuestión más pronto que tarde, según avanzaba la presente legislatura.

Decimos esto porque, como se suele decir de forma muy cursi, no era ya apropiado seguir procastinando o como se suele expresar de una más castiza, era ya el momento de coger al toro por los cuernos.

Y menudo morlaco…y menudos cuernos en el ecuador de su mandato.

Hablamos en todo caso de aplicar la Ley reguladora de la Gracia de Indultos de 18 de junio de 1870, pero que a muchos, incluidos reconocidos militantes del PSOE, lo que es gracia, precisamente no les ha hecho ninguna.

Y es más que probable que Pedro Sánchez desatienda las razones esgrimidas por el tribunal sentenciador en su informe preceptivo, que no vinculante e insista en la petición de un indulto que ya solo podría ser parcial, tras el informe negativo del tribunal sentenciador.

Conviene advertir que partimos de la premisa de que la vetusta ley establece que ha de atenderse para conceder un indulto a razones de equidad y justicia o como expresa literalmente su Exposición de motivos “ evitar las consecuencias siempre lamentables de la inflexibilidad de la sentencia ejecutoria, que por mil variadas causas conviene en ciertos y determinados casos suavizar, a fin de que la equidad, que se inspira en la prudencia, no choque nunca con el rigor característico de la justicia”

Y todo ello, en atención a las circunstancias personales del condenado y las particulares del supuesto concreto, sin perjuicio de que cabe la posibilidad de concederse para los reincidentes de los delitos de sedición y rebelión, vista “La naturaleza de los delitos de esta clase, el carácter y condiciones de la sociedad de nuestra época, y aun altas consideraciones de gobierno, demuestran la necesidad de esta excepción”.

Pero en todo caso “no debe concederse sino con pleno conocimiento de los hechos y de todas sus circunstancias, y después de un estudio detenido sobre las consecuencias que haya de producir, bajo el aspecto de la justicia, de la equidad o de la conveniencia social”, lo cual luego expresamente recoge el artículo 11 del cuerpo legal.

En su reciente informe , cuyo ponente es el Presidente de la Sala de lo Penal, se entiende que carece de justificación una solicitud de indulto total o parcial “cuando se presentan como presos políticos quienes han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional, a voltear el funcionamiento ordinario de las instituciones y, en fin, a imponer la propia conciencia frente a las convicciones del resto de sus conciudadanos” a través de una “engañosa movilización de una ciudadanía a la que irresponsablemente se empuja a construir un nuevo Estado que sólo existe en la imaginación de sus promotores” sin que exista “la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento” en los posibles beneficiados del indulto.

Respecto a esta última cuestión, el Tribunal Supremo resalta que “El mensaje transmitido por los condenados en el ejercicio del derecho a la última palabra y en sus posteriores declaraciones públicas es bien expresivo de su voluntad de reincidir en el ataque a los pilares de la convivencia democrática, asumiendo incluso que la lucha por su ideales políticos -de incuestionable legitimidad constitucional- autorizaría la movilización ciudadana para proclamar la inobservancia de las leyes, la sustitución de la jefatura del Estado y el unilateral desplazamiento de la fuente de soberanía”

El informe del Fiscal de 22 de diciembre de 2020 ya había sido concluyente al informar sobre uno de los condenados, con un razonamiento que se hace extensivo al resto:

“Excepcionalmente, puede ocurrir que el cumplimiento de la pena sea contraproducente, cuando se trate de condenados que, por sus circunstancias personales, familiares, laborales y sociales, no requieren medidas de reeducación o de resocialización, pero no es éste el caso que nos ocupa. La realidad es que el condenado no ha dado muestras en ningún momento -ni antes del proceso, ni durante su tramitación, ni después de la sentencia- de respeto y sujeción al ordenamiento jurídico-constitucional”

No es momento ahora de debatir sobre qué tipo de delito debió ser aplicado en su momento, conforme al Código penal vigente, sí el de sedición o el de rebelión.

Si nos vamos a los extremos, mientras unos pretendían la condena más severa por lo que consideraban un Golpe de Estado de facto empleando violencia, los otros hablaban de Estado represor y se referían a los condenados como presos políticos.

Pues bien, sea como fuere, pasar un solo día en prisión no debe ser plato de buen gusto para nadie, y muchos de los doce condenados del procés llevan más de tres años.

Dicho lo cual, las leyes han de ser aplicadas, y a la espera de lo que resuelva el Tribunal de Derechos humanos de Estrasburgo, el tribunal impartió justicia, conforme al principio de legalidad y con respeto de todos los derechos procesales de los enjuiciados.

Pero atrás quedan ya aquellas proclamas de nuestros políticos, con la boca pequeña, en los que se manifestaba lo de que “no compartimos la resolución judicial pero la respetamos”.

No nos engañemos. Desde hace algún tiempo el respeto por las decisiones judiciales ya no forma parte del ideario de las distintas formaciones políticas ni de sus opiniones ante los medios, que ahora se han extendido a las redes sociales en internet.

Tampoco debemos olvidar que las formaciones suelen prometer el oro y el moro al electorado en las campañas electorales, pero luego se encuentran con otra realidad a la hora de gobernar, lo que obliga a desdecirse de lo anteriormente manifestado y prometido a sus votantes.

Pero en el caso de Pedro Sánchez, no es que llueva sobre mojado, es que está completamente empapado por sus continuos devaneos y cambios de criterio sin esgrimir razones convincentes, dando la continua imagen de un político del que no te puedes fiar, ya seas o no de su partido y que bajo una pomposa palabrería y gallardía, hará todo lo posible para venderte el producto, como el mejor de los comerciales.

Cierto es que su Gobierno es el primero de coalición durante nuestra Democracia y que sus ataduras son difíciles de aflojar, cuando no de romper.

Pero en el caso de Sánchez, no es ya que matice posturas pasadas, sino que directamente mantiene algo diametralmente opuesto a lo que sostuvo en su momento.

No entraremos a valorar ahora sobre una posible conducta psicopática de quién miente compulsivamente y manipula la realidad de las cosas a su antojo. No estamos profesionalmente cualificados para ello, pese a que muchos lo vienen sosteniendo.

Pero, seas o no del PSOE, es normal que uno se lleve las manos a la cabeza, al escuchar los argumentos de un Presidente del Gobierno, que ha apoyado al Gobierno de entonces en la aplicación del artículo 155 de la Constitución Española, como no podía ser de otro modo, pero que también se comprometió si ganaba las elecciones a traer a Puigdemont para que rindiera cuentas con la justicia y a exigir que la condena del Procés se cumpliera íntegramente.

¿Qué ha cambiado para que ahora se sostenga lo contrario y que no le duelan prendas en hacer manifestaciones tan inconcebibles?

“Lo más importante para mi es que pese a que hay partidos que defienden otras tesis, creo que en los valores constitucionales no se encuentra ni la revancha, ni la venganza y sí la concordia, el entendimiento, el dialogo, el respeto a las leyes, la constitución y la legalidad, donde siempre se ha movido el Gobierno de España”.

Pues bien, el Señor Sánchez sabe que no puede decir la verdad que todo el mundo sabe y esa no es otra que si no solicita el indulto para los condenados del procés, se acabó lo que se daba en la legislatura, y la convocatoria para unas próximas elecciones se daría a muy corto plazo, dada la retirada de apoyo de los partidos catalanes y probablemente los vascos, aparte de Podemos y con un PSOE muy devaluado en cuanto número de votantes, desgastado por una pandemia y atenazado por una crisis económica similar, cuando no peor, a la de 2008.

En suma, que lo propio es estirar el mandato, tomar aire y aguantar hasta el final y siendo consciente de lo impopular de su posible decisión, puestas en la balanza unas y otras consideraciones, es difícil que se desdiga,esperando a que escampe el temporal.

Tampoco es que ayude mucho la posterior comparecencia del asesor directo del Presidente, Iván Redondo, con unas palabras que han debido estremecer a más de uno:

“ Yo me tiro a un barranco por Sánchez. Estaré con él hasta el final”

Inevitable de nuevo acordarse de la famosa escena de Lejos del mundanal ruido, con unas ovejas guiadas cayendo por el acantilado, tras ser guiadas por un perro pastor, ciertamente descontrolado.

Cierto es que cuando conozcamos la decisión del Gobierno, que probablemente llegará cuando más de media España esté en la playa vacunada y relajada, la misma podrá ser objeto de recurso.

En este sentido, VOX, único personado como acusación popular en el juicio del procés, ya ha anunciado su intención de acudir a la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo.

Pues bien, aunque es cierto que lo habitual es que se acuda a dicha instancia para intentar que se anulen los indultos denegados, no lo es tanto que se recurran las concesiones de indultos.

No obstante, en los últimos días se ha recordado una de las escasas excepciones en los que así ha sucedido: la sentencia de 20 de noviembre de 2013 que anuló el indulto concedido a un conductor kamikaze y que cuenta con varios votos particulares.

Y es que si bien examina un supuesto relativo a un delito que nada tiene que ver con la sedición (delito de conducción imprudente con grave desprecio a la vida de los demás en concurso de un delito de homicidio , lesiones y daños ) coincide en la extensión de la pena impuesta, trece años de prisión.

Señalaba entonces la sentencia del Tribunal Supremo que el artículo 9.3 de la constitución española “prohíbe es la falta de sustento o fundamento jurídico objetivo de una conducta administrativa, y, por consiguiente, la infracción del orden material de los principios y valores propios del Estado de Derecho. Y tal exigencia también ha de reclamarse cuando del derecho de gracia se trata, aunque en el marco de la mayor discrecionalidad de que la misma está investida.”

Cuando escribimos estas líneas hemos conocido que la Plataforma Unión 78 ha convocado a la ciudadanía a una concentración el próximo 13 de junio “contra la concesión de indultos a los condenados por sedición en Cataluña, y en apoyo al Poder Judicial, atacado por el Gobierno Sánchez, y en defensa de la igualdad ante la ley de todos los españoles, sin excepción”.

Estaremos atentos a la espera de cómo se desarrollan los acontecimientos sobre la decisión del Consejo de Ministros.

No obstante, en estos momentos cobra especial relevancia el recado que de soslayo le dejan al Gobierno de España, cuando en el reciente informe negativo del Tribunal Supremo se apunta que “la Sala coincide con la idea de que la finalidad del artículo 102 de la Constitución no es otra que la de impedir medidas de autoindulto. También constata que las dificultades para esa analogía funcional que sugiere el Fiscal entre los espacios de actuación del gobierno central y los gobiernos autonómicos podrían ser valoradas desde la singular perspectiva que ofrece el presente caso, en el que algunos de los que aspiran al beneficio del derecho de gracia son precisamente líderes políticos de los partidos que, hoy por hoy, garantizan la estabilidad del Gobierno llamado al ejercicio del derecho de gracia”

En otras palabras, esta advirtiendo al Ejecutivo que podría estar prevaricando administrativamente.

Podemos aceptar que una decisión netamente política a la hora de conceder un indulto y emendar la plana al Poder Judicial, pueda ser comprensible, porque ni es la primera vez, ni será la última que se concede un indulto en España, incluidos algunos tan controvertidos como el del General Armada tras el Golpe de Estado del 23 F o de políticos como Rafael Vera o José Barrionuevo.

Igualmente, podemos estar de acuerdo con que tal postura sería plausible, si con ella se abriera la puerta a una solución dialogada con quienes, desoyendo la postura del cincuenta por ciento de la población catalana, unilateralmente rompieron las reglas del juego democrático e intentaron la ruptura con España.

Pues bien, sin perjuicio de que con la concesión de los indultos se sentaría un peligroso precedente para la estabilidad territorial, en el caso de que desde otros puntos de España se siguiera el mismo camino en cuanto a sus reivindicaciones nacionalistas que encontrarían como respuesta a quien pone la otra mejilla, el problema principal reside en la postura del flamante Gobierno de la Generalitat.

Conformado cuando sonaba la bocina de la amenaza de otras elecciones en Cataluña, sus miembros de Junts per Catalunya y ERC ni siquiera se soportan, tras la traicionera espantada de Puigdemont, y con ideologías políticas incompatibles entre sí, amén de no comulgar con otros que los apoyan, como ha quedado demostrado con la irrupción por parte de líderes de CUP en la sede que ERC tiene en Barcelona, como protesta por un desahucio forzoso por las fuerzas del orden.

No obstante, harán lo posible para la concordia dentro lo que parece un polvorín, visto que les une un sentimiento sincero, bien por convicción, bien por una necesidad que los magistrados del Supremo llaman ensoñación.

Mientras tanto, seguirán justificando posturas tan extravagantes como la creación de una NASA catalana, el costoso mantenimiento de embajadas en el extranjero o destinar casi tres millones de euros al Institut Nova Història, entre cuyas hazañas está haber destinado ciento ochenta y cinco mil para realizar seis documentales en los que defendían que Cristóbal Colón era catalán o que Miguel de Cervantes y William Shakespeare eran en realidad la misma persona y por descontado, hablaban y escribían en catalán.

Algo que interesa poco o nada a los usuarios de los servicios públicos gestionados por el Gobierno Autonómico catalán.

Y esos gobernantes catalanes serán los que seguirán apoyando a un Presidente del Gobierno que, hace bueno a José Luís Rodríguez Zapatero, que ya es decir y que se comporta según como sople el viento, con tal de seguir en el poder.

Malos negociadores ambos para sentarse a hablar sobre una solución dialogada al conflicto catalán.

No quisiéramos estar en la piel de nuestro Jefe de Estado, Felipe VI, cuando tenga que rubricar la firma de algo en lo que ni cree, ni puede creer.

Pero no lo va a quedar otra, quiera o no quiera, porque él si acepta las reglas del juego, no como otros.

Las carcajadas aún se siguen escuchando desde Waterloo, al igual que también resuenan las del Reino Unido sobre las paridas sobre la catalanidad de Shakespeare. La risa va por barrios.

Y aunque ya se sabe lo de que quien ríe el último…..lo cierto es que últimamente la gran mayoría de españoles no nos reímos nada.


NOTA ACLARATORIA POSTERIOR

Todos nos equivocamos en cuanto al momento, toda vez que no hubo que esperar a los meses de julio y agosto para la concesión de los indultos.

  Tras una comparecencia del Presidente del Gobierno en el teatro Liceo de Barcelona, interrumpida por los gritos de un independentista y una nueva declaración institucional al día siguiente, el 23 de junio de 2021 se publican los indultos en el BOE.

Tan solo transcribiremos uno de ellos, el de mayor condena:

Visto el expediente de indulto de don Oriol Junqueras i Vies, condenado por la Sala Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 14 de octubre de 2019, como autor de un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación, agravado por razón de su cuantía, a las penas de 13 años de prisión y 13 años de inhabilitación absoluta, con la consiguiente privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos, e incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos, o empleos públicos y la de ser elegido para cargo público durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2017, considerados los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y atendiendo a las circunstancias del condenado y, en particular, a los motivos de utilidad pública que se exponen en la propuesta del Ministro de Justicia, de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, se estima que concurren las citadas razones de utilidad pública, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de junio de 2021,

Vengo en indultar a don Oriol Junqueras i Vies la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito grave en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 22 de junio de 2021.

FELIPE R.

El Ministro de Justicia,
JUAN CARLOS CAMPO MORENO

El tiempo dirá si la medida sirve para apaciguar las turbulentas aguas del independentismo y evitar la ruptura de España o si por el contrario es la claudicación ante unos representantes políticos que en estos momentos no parecen haber renunciado a la vía unilateral si fracasa la mesa de negociación que para ellos solo tiene un objetivo: pactar un referendum vinculante.

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