“Al árbitro del partido Cambados-Lugo le arrancaron parte de su cabellera” reza el titular que leemos, repasando la hemeroteca del diario El País, que publicó la noticia en noviembre de 1981:
Quien escribe estas líneas se considera un buen amigo de Javier Víctor Fernández Fernández, hoy ex colegiado de la Tercera División Asturiana y uno de aquellos valientes, que literalmente se jugaban la vida en los terrenos de juego, cuando la desprotección era evidente.
Para cerciorarse, basta con detenerse a leer otra información publicada en El País en 1986, que es para llevarse las manos a la cabeza:
“Finalizado el encuentro, alrededor de cincuenta o sesenta espectadores persiguieron y golpearon al árbitro, agresión de la que el colegiado resultó con diversos hematomas y magulladuras, en la cabeza y la espalda principalmente, que requirieron asistencia sanitaria en un centro médico ovetense. La Guardia Civil practicó tres detenciones.
El presidente del Piloñesa, Manuel Montes, declaró al semanario Hoja del Lunes, de Oviedo, que el colegiado había recibido «una fuerte paliza». «Pero pienso», añadió, «que aún se ha quedado pequeña para el daño que este señor hizo a nuestro equipo. No me gusta meterme con los árbitros, pero éste se lo ha buscado». El colegiado, ya en su domicilio, dijo que la agresión sufrida «pudo haberse convertido en un linchamiento en toda regla»
Supimos de aquellos salvajes episodios, cuando muchos españoles cada noche tratábamos de vencer a Morfeo, pendientes de un transistor, escuchando el tramo final del programa radiofónico de José María García.
Y así, tras despotricar durante una hora contra la Federación, García solía entrevistar en directo a algún “trencilla” que había sido acorralado por aficionados, jugadores e incluso directivos.
Eran otros tiempos, no cabe duda, y aún habría que esperar varios años hasta que se tomará conciencia sobre la erradicación de la violencia en el fútbol, donde los árbitros constituyen pieza angular del deporte con más seguimiento en España y en gran parte del mundo.
No en vano, un colegiado ya no viste aquella equipación de antaño, con un negro tan riguroso que en puridad ya estigmatizaba su figura.
Pero pese a los cambios normativos, la situación dista de ser idílica, quedando aún mucho camino por recorrer en el terreno de la pedagogía y los valores.
Decimos esto porque, siendo muy positivo que los niños hagan un deporte desde edades muy tempranas, también ha de serlo que desde la infancia sean educados en el respeto ajeno, máxime si se trata de una autoridad que ha de tomar decisiones.
Hace poco trascendía la noticia de que la Federación Catalana de Fútbol había incoado un expediente sobre unos lamentables hechos acaecidos durante el desarrollo de un partido de benjamines, en el que una joven árbitro escuchó menosprecios machistas e insultos por parte de varios aficionados.
Lo llamativo del asunto es que una de las personas más hirientes, precisamente se trataba de una mujer.
No cabe duda que es el fútbol el que se lleva la palma en cuanto a lamentables situaciones como la descrita, toda vez que se trata de la disciplina deportiva más practicada en nuestro país y con más seguidores, sin perjuicio de que puntualmente acontezcan en otros deportes más minoritarios.
Y desgraciadamente, no se trata de un hecho aislado, ni mucho menos en nuestro fútbol, sea cual sea la categoría.
Pero además, si ya hablamos de encuentros disputados entre menores de edad a los que asisten sus padres como espectadores, la imagen que dan algunos progenitores es todo menos que ejemplarizante para sus hijos, al comportarse como verdaderos energúmenos ante quien trata de impartir justicia con sus decisiones arbitrales.
Y es que, salvo que se entienda que el árbitro perjudica a uno de los equipos a sabiendas, debemos de partir de la premisa de que nadie es infalible, resultando impensable que en el fútbol no profesional, en todas las categorías se cuenten con el complemento de medios humanos, como los jueces de línea y con los medios técnicos, como el VAR.
Es más, ni siquiera el fútbol de alta competición se libra aún de muchas de las polémicas en cuanto a las decisiones arbitrales, basadas en buena medida en la interpretación de un reglamento.
Por ello, para esa labor pedagógica resulta aún más nocivo que en los medios de comunicación se siga hablando de persecuciones arbitrales para perjudicar a los equipos o incluso se eleve el tono en una retransmisión radiofónica cuando se reacciona a una decisión arbitral con un “Es pá matarlo”, como recientemente hemos escuchado, que ciertamente no deja de ser una frase hecha, llevada a la hipérbole, pero que no ayuda, ni mucho menos, a que se calmen los ánimos de los forofos más radicales.
No obstante, lo que siempre se ha criticado de los árbitros desde una óptica más imparcial, no es que ya cometan errores excusables, sino que a posteriori, conscientes de su equivocación, traten de compensar al equipo perjudicado con su decisión, lo cual ya es evidentemente doloso.
En cualquier caso, nuestra sociedad nunca ha dejado de estar crispada y algunos aprovechan determinados escenarios para desahogarse y soltar lastres personales y frustraciones, de los que no tienen culpa el resto, incluido el árbitro, siempre examinado con lupa por unos y otros.
Pero es que además, la pandemia ha agudizado determinados comportamientos negativos, hasta el punto de que es previsible que con el paulatino retorno a la normalidad y un escalonado regreso de los aficionados a los polideportivos y estadios, tras tantas restricciones y angustia ciudadana ante la deplorable situación económica, exista un incremento exponencial de los incidentes.
Si hablamos del deporte aficionado, es importante señalar que la exigencia del juego limpio ya se traslada desde la canchas y terrenos de juego hasta la grada, toda vez que el árbitro, al igual que en niveles superiores, está perfectamente legitimado para interrumpir el encuentro o actividad deportiva que se esté disputando, que podrá o no reanudarse en función de las circunstancias.
En este sentido, en el deporte en edad escolar se ha venido implantando en los distintos territorios el uso de la tarjeta negra, para amonestar conductas inapropiadas.
No obstante, es evidente que los comportamientos agresivos no siempre hay que achacárselos a los aficionados, visto que en multitud de ocasiones, son los jugadores arbitrados los que generan violentas situaciones que pueden finalizar en un Juzgado de guardia.
Conviene advertir que no hablamos tan solo de los improperios dirigidos al árbitro, sino también de los graves episodios de violencia verbal y física en los que los colegiados sufren amenazas y lesiones.
En ese sentido, recomendamos la lectura de una publicación del blog sobre la imagen, no siempre acertada, que transmiten los deportistas profesionales a la sociedad.
https://teacusodeacoso.com/son-los-deportistas-de-elite-un-
espejo-en-el-que-deben-mirarse-nuestros-menores/
Y es que, sean o no profesionales,como deportistas deben de estar concienciados en el sentido de que, una vez tomada una decisión arbitral, amén de que resulta estéril protestarla in situ, ya que el colegiado no va a reconsiderarla, les puede acarrear una amonestación y en su caso expulsión, lo cual perjudicará notablemente a su equipo.
Escrito así, podrá parecer un análisis simplista, toda vez que parece muy fácil exponerlo en un contexto desapasionado, sin la tensión del momento.
Pero convendría que desde categorías inferiores los técnicos revisasen antiguas imágenes de partidos disputados en el Reino Unido, donde la figura del árbitro, generalmente dialogante con los jugadores, era del todo respetada por los contendientes.
Respecto de los insultos a viva voz y en público, hay que precisar que si bien los mismos antes eran considerados como hechos constitutivos de una falta de injurias leves, han quedado despenalizados tras la reforma de 2015.
En consecuencia, al margen de la sanción administrativa que pueda imponerse en virtud de la normativa del deporte, al agraviado le corresponde acudir a la jurisdicción civil para solicitar una indemnización por haberse vulnerado su derecho al honor, lo cual supone algo residual, como tendremos en su momento de reseñar en una futura publicación del blog, vistas las estadísticas judiciales de los últimos cinco años.
En las próximas líneas realizaremos pues un somero examen de la jurisprudencia sobre alguno de los supuestos ciertamente graves, en los que se han visto implicados jugadores, espectadores, personal e incluso directivos.
En este sentido, conviene puntualizar que abordaremos tan solo aquellas conductas que acontecen in situ, durante o después de los encuentros y no las que puedan producirse en otros ámbitos como las redes sociales, campo abonado para barbaridades de todo calibre.
Si ya hablamos de los jugadores, resulta interesante la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid de 24 de febrero de 2010, que confirmó la absolución a un árbitro de una falta de lesiones (hoy calificada como delito leve) tras entender correcta la aplicación como eximente, de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de la legítima defensa, ante las agresiones sufridas por unos jugadores, que sí resultaron condenados.
Y todo ello, tras pitar el árbitro un córner, lo que dio lugar a una enérgica protesta por el guardameta, acompañada de insultos, que fue sancionada con tarjeta amarilla y luego con roja.
Tras seguir insistiendo el portero con su agresivo comportamiento y viendo que se negaba a abandonar el terreno de juego, el árbitro decidió suspender el encuentro, incendiando aún más los ánimos del expulsado.
Y vista la amenazante actitud del jugador, que se disponía a acometer al árbitro, como quiera que éste se deshizo del primero con un empujón, fue tirado al suelo y pateado por varios compañeros del portero.
Otro guardameta fue triste protagonista de la sentencia de la
Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona, de 18 de septiembre de dos mil nueve, al ser confirmada su condena por su comportamiento agresivo y xenófobo, visto que el portero había agredido a un colegiado de una patada en los testículos, tras haberlo insultado gravemente: «mora de mierda, no sabes pitar, vete a tu país».
En ocasiones, los agresores son además menores de edad, por lo que han de ser juzgados en el orden penal conforme a su jurisdicción específica, previo expediente de reforma incoado por Fiscalía.
Es el supuesto examinado por la sentencia dictada con fecha 5 de abril de 2016 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, que desestimó el recurso de apelación interpuesto por la defensa de un chico, que fue le propinó un puñetazo en el rostro al árbitro, tras ser expulsado.
En cuanto al personal de los clubes, cuya labor asistencial es primordial para el árbitro, podemos referirnos a la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia, de 5 de diciembre de 2007, que revisó el enjuiciamiento de un altercado producido entre un árbitro y el delegado de campo, que se negó a facilitarle las llaves para poder encerrarse en el vestuario, agrediendo a continuación al propio colegiado.
Antes señalábamos que un árbitro había sido eximido de responsabilidad al haberse defendido de una agresión ilegítima.
No sucedió lo mismo en un supuesto revisado en segunda instancia por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete, de fecha 9 de octubre de 2007, al no entender justificada la conducta de un colegiado que empujó a una aficionada que sufrió lesiones tras caerse en la grada, a donde había subido el árbitro, para enfrentarse a un aficionado que le había ofrecido sus gafas para ver mejor las jugadas, lo cual es ciertamente recurrente.
Y así, el Tribunal entendía que la conducta del aficionado no es punible (hoy tras la reforma, ni siquiera podría enjuiciarse), viniendo a esgrimir que un árbitro debe ser más paciente y mostrar serenidad, antes de envalentonarse con un aficionado, al señalar que:
“Es abundante la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que mantiene, incluso en procesos civiles de protección del derecho al honor, que las personas que desarrollan funciones públicas están sometidas a la crítica de los ciudadanos, y que deben soportar tales críticas, incluso aunque sean hirientes, siempre y cuando no caigan en el insulto. La expresión recogida en los hechos probados se adecua a ese derecho de crítica, y no puede sostenerse seriamente que tenga el carácter vejatorio que denuncia el recurrente. Críticas similares se repiten constantemente en los acontecimientos deportivos, en los que el público aplaude u ovaciona cuando algo le agrada y abuchea o protesta cuando lo que se desarrolla en el campo no le gusta”.
En suma, que si tienes la piel muy fina y no aceptas críticas, dedícate a otra cosa.
Sobre aficionados que dan rienda suelta a sus agresivos comportamientos del todo xenófobos, cabe referirse a la sentencia de 30 de mayo de 2018, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, que confirmó la condena por un delito de lesión a la dignidad de las personas por motivos racistas, siendo el denunciante un joven de raza negra que había arbitrado un partido de alevines.
Y es que las expresiones de un descontento aficionado no dejan lugar a duda: «sinvergüenza, me cago en tus muertos, cabrón, malo, inútil, imbécil, hijo de la gran puta, pita bien ,negro, negrito, negro de mierda, me cago en tu raza, vete al desierto que es donde tienes que estar, te vamos a dar una paliza que no se te van a ver los moratones porque eres un negro de mierda»
Tras finalizar el encuentro, el energúmeno tuvo que ser separado para evitar que agrediera al árbitro, llegando incluso a enfrentarse a la fuerza pública, lo que le supuso además una condena por delito de resistencia.
«Hijos de puta, no me toquéis, os pago el sueldo ¿por qué defendéis a este negro de mierda? Fueron las palabras que probablemente escuchó su hijo de once años. Lamentable.
En este sentido, queremos recomendar la lectura de una de las publicaciones del año pasado, en la que narramos otros episodios que trascendieron a los medios de comunicación sobre racismo en el fútbol.
Nos referíamos entonces a la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, que ha de ser objeto de aplicación en orden jurisdiccional contencioso administrativo, cuando haya que sancionarse a un espectador de conformidad con un abigarrado catálogo de infracciones, no siempre comprensible para un lego en derecho.
Sobre esta cuestión, en un supuesto similar al que relatábamos al inicio, resulta ilustrativa la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ávila, de 4 de marzo de 2019, que redujo la cuantía de tres mil euros, impuesta a una aficionada por la Delegación del Gobierno.
Y así, tras increpar a una colegiada con palabras como «hija de puta, gilipollas, payasa, eres una payasa, fregando tendrías que estar, vete a fregar, no sirves para arbitrar, estás comprada por el otro equipo y sólo pitas y sacas tarjetas a los nuestros, hija de puta, porque eres mujer, mujer tenías que ser…» el Juzgado entendió que debía considerarse como infracción leve, por lo que se impuso una sanción de cuantía muy inferior, ciento cincuenta euros.
Casualmente, justo cuando estábamos terminando esta publicación, hemos leído en la prensa otra noticia que nos parece oportuno reflejar, puesto que llama poderosamente la atención.
Y no lo decimos por el hecho en sí, tan grave como muchos de los referidos, sino por la persona que supuestamente ha originado el incidente, el directivo de un equipo de fútbol sala, que además ejerce un cargo público en un Ayuntamiento.
Reproducimos parte de la información aparecida en el diario asturiano El Comercio:
“ El portavoz del PP en Siero, Hugo Nava, sancionado por intentar agredir a una árbitro en un partido de fútbol sala.
El intento de agresión se produjo después de que la árbitro sacase tarjeta roja a una jugadora del EFS Siero.
En su denuncia, la colegiada informó de que el directivo, a lo largo del partido profirió «continuas protestas». Una vez finalizado, relata, Nava bajó de la grada para pedir explicaciones sobre la expulsión de su jugadora, llegando a entrar en el vestuario.
Según su versión, cuando la árbitro salió del vestuario, Nava volvió a enfrentarse a ella «gritando y con intención de pegar». «Tuvieron que apartarlo de mi cara y separarlo», ha asegurado la afectada”
Pues bien, según hemos podido leer en la nota pública de la Federación Asturiana de Fútbol, la sanción impuesta es de cuatro meses de suspensión del directivo, por una infracción tipificada en el artículo 78.3 a) del Reglamento de Régimen disciplinario y competicional que castiga “Amenazar, coaccionar, empujar, zarandear o realizar actos vejatorios de palabra o de obra, insultar u ofender de forma grave o reiterada a cualquier miembro del equipo arbitral, espectador y dirigentes de club o de la Federación”
En el diario La Nueva España se leía a posteriori la versión que el edil ofrecía de los hechos:
«Reitero mis disculpas al árbitro por si se sintió en algún momento amenazada por mi persona. Nada más lejos de mi intención». «únicamente de una disputa verbal, en la que no hubo insultos por ninguna de las partes, y mucho menos contacto físico de ningún tipo; motivada por decisiones arbitrales que no compartía y en defensa de mis jugadoras, todo ello propio de la intensidad de un choque deportivo”.
Si se confirma la sanción, no cabe duda que le quedará una muy mala imagen ante la opinión pública, no ya solo como persona y como directivo, sino como representante de la ciudadanía.
Nos preguntamos cómo hubiera abordado la noticia José María García en su programa nocturno.
Por cierto, ¡ojo al dato!, porque muy pronto escribiremos en nuestro blog sobre su encarnizada lucha mediática con José Ramón de la Morena, al tratar sobre una serie de televisión que está trayendo cola y que parece no dejar a nadie indiferente.
Pero esa…es otra historia.